¿Es obligatorio el seguro para autos?
Quizás alguna vez te preguntaste si es obligatorio el seguro para autos en Uruguay.
La respuesta corta es sí. El seguro para autos es obligatorio en nuestro país, desde que fue aprobada la Ley N° 18412 la cual entró en vigencia el 19 de agosto de 2009 y se encuentra reglamentado por el Decreto E/2267.
Tabla de contenidos
- La ley que hizo el seguro obligatorio en Uruguay
- ¿Cómo se definen los accidentes en la ley que establece el seguro obligatorio para autos?
- Automotores excluidos que se encuentran excluidos de tener un seguro obligatorio en Uruguay
- ¿Qué pasa con los vehículos matriculados en el extranjero? ¿Necesitan un seguro obligatorio?
- ¿Quién puede ofrecer la póliza de seguro obligatorio para autos en Uruguay?
- Otras observaciones sobre el seguro obligatorio para autos y automotores en general
La ley que hizo el seguro obligatorio en Uruguay
El 24 de noviembre del año 2018 es la fecha en la cual se publico la Ley N° 18412 (Podés acceder al documento través del Diario Oficial).
El objetivo de la Ley N° 18412 es la creación de seguros obligatorios que permitan
cubrir daños que puedan sufrir terceras personas a consecuencia de accidentes que sean causados por vehículos automotores (autos, motos, etc.).
Un seguro de coche es una inversión
En esta Ley se establece que el seguro es obligatorio para todos aquellos vehículos, tanto automotores como remolcados, que circulen en el territorio nacional.
En el artículo 1° de esta Ley se establece que:
"Créase un seguro obligatorio que cubra los daños que sufran terceras personas como consecuencia de accidente causado por vehículos automotores y acoplados remolcados. Prohíbese la circulación de dichos vehículos que carezcan de la cobertura del seguro referido."
En el párrafo anterior queda establecida la obligatoriedad de disponer de un seguro que permita cubrir los daños que puedan sufrir terceras personas a consecuencia de un accidente de tránsito, ya sea este causado por un vehículo automotor, por ejemplo: una auto o una motocicleta, entre otros; así como también acoplados remolcados, como puede ser un tráiler.
¿Cómo se definen los accidentes en la ley que establece el seguro obligatorio para autos?
La Ley N° 18412 establece que un accidente es:
"... todo hecho del cual resulta un daño personal, de lesión o muerte, sufrido por un tercero, determinado en forma cierta, aún en los supuestos de caso fortuito o fuerza mayor."
En la definición anterior queda claro el alcance de un siniestro, estableciendo con claridad las consecuencias que determinan que un episodio sea considerado un accidente, como ser: el fallecimiento, un daño personal o lesión sufrido por un tercero.
Automotores excluidos que se encuentran excluidos de tener un seguro obligatorio en Uruguay
No todos los automotores en nuestro país tienen que disponer de un seguro obligatorio.
La Ley N° 18412 hace las siguientes excepciones, no siendo necesario tener un seguro obligatorio para los siguientes automotores:
- Todos los automotores que circulen sobre rieles.
- Los automotores que sean utilizados exclusivamente en el interior de establecimientos, como ser:
- industriales
- comerciales
- agropecuarios
- de playas ferroviarias
- o de cualquier otro lugar en donde no haya acceso al público en general
- Todos los vehículos que se encuentren en un depósito judicial.
- Y en general, todo aquel vehículo que no sea utilizado para la circulación vial.
¿Qué pasa con los vehículos matriculados en el extranjero? ¿Necesitan un seguro obligatorio?
En la Ley N° 18412 se establece que todos los vehículos que se encuentren matriculados en países extranjeros o ingresados bajo un régimen de admisión temporaria, están sujetos a las obligaciones de esta ley, y sin perjuicio de los convenios internacionales establecidos por Uruguay.
¿Quién puede ofrecer la póliza de seguro obligatorio para autos en Uruguay?
Todas las entidades aseguradoras que se encuentren autorizadas en la rama de automóviles deberán proveer y operar el seguro obligatorio.
Quién tenga interés en el seguro (el obligado), tiene la libertad de contratar a la entidad aseguradora que entienda es la que mejor se ajusta a sus necesidades.
Las entidades aseguradoras emitirán la póliza solicitada y el certificado, previo al pago de la prima que corresponda al caso.
Las entidades aseguradoras están obligadas a proveer la cobertura, excepto en el caso en el cual el vehículo no reúna todas las condiciones de asegurabilidad que son establecidas por la Superintendencia de Seguros y Reaseguros.
Junto con la emisión del certificado se hará entrega al asegurado de un
distintivo visible que deberá colocar en el vehículo, de forma tal que lo venga a identificar por haber cumplido con el seguro obligatorio.
Otras observaciones sobre el seguro obligatorio para autos y automotores en general
Es importante mencionar que la póliza de seguro obligatorio para autos y otros automotores, también abarca aquellos siniestros en donde puedan ser ocasionados por partes que se desprendan del vehículo, así como también por las cosas que sean transportadas en él o por él.
Por ejemplo, si una camioneta está transportando caños y en un siniestro estos caños son responsables de causar un perjuicio, entonces la póliza de seguro obligatorio tendrá que cubrir ese escenario, según lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 18412.
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